El Decreto 0286 de 2026 restringe la circulación de vehículos particulares en el perímetro urbano.
La Alcaldía de Girardot decretó el Día sin Carro y sin Moto para el miércoles 30 de septiembre de 2026. Entre las 6:00 a. m. y las 6:00 p. m. estará restringida la circulación de motocicletas y vehículos automotores de servicio particular en el perímetro urbano del municipio, según el Decreto 0286, expedido por la administración municipal.
La restricción incluye automóviles, camionetas, camiones y furgones particulares. El decreto dispone excepciones para el transporte público y escolar, los vehículos de emergencia y otros servicios autorizados. También habilita corredores para los conductores que atraviesen Girardot con destino a otros municipios. Los agentes de tránsito y la Policía Nacional vigilarán el cumplimiento de la medida.
La Alcaldía señaló que la jornada busca reducir las emisiones contaminantes y el ruido, promover formas de transporte sostenibles y fortalecer la seguridad vial. Como parte de la motivación del decreto, citó datos del consorcio de movilidad MIG21 según los cuales en Girardot hay 157.874 vehículos automotores activos, de los cuales 141.634 son motocicletas. Durante la jornada, la administración invita a utilizar bicicletas, vehículos eléctricos livianos de movilidad personal, busetas y taxis.
Entre los vehículos exceptuados figuran los de transporte de valores, alimentos y materiales de construcción; carrozas fúnebres; vehículos de la fuerza pública, organismos de seguridad, empresas de servicios públicos y personal autorizado para atender la jornada. La excepción también cobija vehículos para el transporte de personas con discapacidad, debidamente identificados; los utilizados por periodistas en ejercicio de su labor; los destinados a mensajería y domicilios con conductor carnetizado, y los vehículos eléctricos o de cero emisiones. Quienes se acojan a una excepción deberán portar los distintivos o documentos que la acrediten.
Para el tránsito hacia otras ciudades, el decreto habilita la carrera 24, avenida Nariño, desde Ciudad Montes hasta la entrada a Pozo Azul; la calle 10 desde Ciudad Montes hasta la glorieta del SENA, con continuación por la calle 29, avenida Bavaria, hasta la glorieta del Algarrobo; y la calle 22 desde el puente Salsipuedes hasta la carrera Séptima, por la cual se podrá continuar hasta el puente Mariano Ospina Pérez.
El decreto establece que circular por sitios restringidos o en el horario prohibido dará lugar a la infracción C.14 y a la inmovilización del vehículo.








