Benedetti denunció a la congresista por presunta injuria y calumnia, tras calificarlo públicamente de “maltratador de mujeres”. La Corte determinó que dichas expresiones están amparadas por la garantía de “inviolabilidad parlamentaria”.
La Corte Suprema de Justicia rechazó la denuncia presentada por el ministro del Interior, Armando Benedetti, contra la representante a la Cámara Lina María Garrido Martín. La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Instrucción, que concluyó que no había lugar a abrir una investigación formal.
El caso se originó luego de que Benedetti denunciara a la congresista por presunta injuria y calumnia, a raíz de señalamientos en su contra. Garrido lo había calificado públicamente de “maltratador de mujeres”, lo que motivó al funcionario a acudir al alto tribunal.
Sin embargo, la Corte determinó que dichas expresiones están amparadas por la garantía de “inviolabilidad parlamentaria”, la cual protege a los congresistas en el marco de sus intervenciones y opiniones relacionadas con su labor legislativa.
“Desplegar cualquier actividad investigativa frente a una denuncia evidentemente infundada resulta inútil y representa un desgaste para el aparato judicial”, señaló la providencia, en la que se decidió inadmitir la denuncia.
Con esta decisión, el proceso queda archivado, aunque la Corte recordó que contra la providencia procede el recurso de reposición.
