La CAR definió nuevos criterios ambientales para el manejo del suelo rural y suburbano en Bogotá y Cundinamarca.
La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) aprobó un acuerdo que establece nuevos lineamientos técnicos y ambientales para el manejo del suelo rural y suburbano, los cuales deberán ser incorporados en la actualización de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), Planes Básicos de Ordenamiento Territorial (PBOT) y Esquemas de Ordenamiento Territorial (EOT) de los municipios y el Distrito Capital.
La decisión introduce condiciones para el desarrollo urbanístico en zonas rurales, con el objetivo de ordenar el crecimiento y reducir la presión sobre ecosistemas estratégicos, fuentes hídricas, áreas agrícolas y la sostenibilidad ambiental del territorio.
Uno de los principales ajustes es la reducción de densidades en suelo suburbano, junto con la definición de umbrales máximos de ocupación que deberán ser aplicados en los procesos de planificación territorial.
El director de la CAR, Alfred Ignacio Ballesteros, explicó que la medida se basa en criterios técnicos construidos con el Instituto de Estudios Urbanos de la Universidad Nacional de Colombia.
“Para la construcción de la metodología técnica, la CAR trabajó de manera conjunta con el Instituto de Estudios Urbanos de la Universidad Nacional de Colombia, desarrollando un modelo que permite evaluar las condiciones ambientales particulares de cada municipio y estableciendo criterios diferenciales para la ocupación del suelo rural”, indicó.
La metodología incorpora variables como vulnerabilidad hídrica, cambio climático, fragmentación ecológica, presión sobre ecosistemas estratégicos y capacidad de carga del territorio.
Según la entidad, el 25,5 % del territorio presenta alta vulnerabilidad hídrica, 15 municipios enfrentan riesgos elevados asociados al cambio climático y 28 municipios muestran niveles de ocupación rural que afectan su sostenibilidad ambiental.
Dentro del acuerdo también se establece que al menos el 70 % del área de los proyectos suburbanos deberá destinarse a conservación y restauración de vegetación nativa.
Asimismo, se fijan nuevas restricciones para vivienda en suelo campestre, reduciendo el límite de 8 a 2 viviendas por proyecto, con el fin de evitar la expansión desordenada en zonas rurales.
La CAR precisó que, aunque los municipios conservan su autonomía en la definición de usos del suelo, estas determinantes ambientales serán de obligatorio cumplimiento en los procesos de planeación territorial.
El director de la entidad reiteró que el objetivo es orientar el desarrollo hacia criterios de sostenibilidad.
“El propósito del acuerdo no es frenar el desarrollo, sino garantizar que este ocurra de manera ordenada, responsable y compatible con la capacidad ambiental del territorio y la sostenibilidad de largo plazo”, afirmó.
Finalmente, la corporación señaló que la metodología será flexible y podrá ajustarse de acuerdo con los cambios en las condiciones ambientales de los territorios.








