El viceministro de Empleo y Pensiones explicó que las nuevas disposiciones benefician a los trabajadores con contrato laboral y anunció que el recargo dominical llegará al 100 % en 2027.
Dos de los principales cambios de la reforma laboral comenzaron a regir este mes. Desde el 1 de julio, el recargo por trabajo en domingos y festivos aumentó del 80 % al 90 %, mientras que a partir del 15 de julio la jornada máxima legal se reducirá de 44 a 42 horas semanales, sin disminución del salario.
En entrevista con El Dorado Radio, el viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Daniel Jaramillo, aseguró que estas medidas representan la recuperación de derechos para los trabajadores vinculados mediante contrato laboral.
“Esta es una recuperación de derechos, no es un derecho nuevo”, afirmó el funcionario, al recordar que antes de la reforma laboral de 2002 el recargo por trabajo en domingos y festivos era del 100 %. Según explicó, la reforma estableció un incremento gradual que llegará nuevamente a ese porcentaje en julio de 2027.
Jaramillo señaló que el aumento fue diseñado de manera progresiva para facilitar la adaptación de las empresas y precisó que el Ministerio del Trabajo ejercerá funciones de inspección, vigilancia y control para verificar el cumplimiento de la norma.
El viceministro indicó que los trabajadores que no reciban el pago correspondiente podrán acudir al Ministerio del Trabajo o a la jurisdicción laboral para reclamar el reconocimiento de sus derechos, aunque insistió en que el objetivo principal es que los empleadores cumplan voluntariamente la legislación.
Otro de los cambios entrará en vigor el próximo 15 de julio, cuando la jornada máxima legal se reduzca a 42 horas semanales sin afectar la remuneración de los trabajadores.
“El trabajo decente redunda en bienestar social para todos”, afirmó Jaramillo. Agregó que la productividad no debe medirse únicamente por el número de horas trabajadas, sino también por las condiciones que favorecen el bienestar y el desempeño de los empleados.
El funcionario aclaró que estas disposiciones aplican a quienes mantienen una relación laboral mediante contrato de trabajo. En el caso de los contratistas independientes, explicó que solo podrán acceder a estas garantías cuando una autoridad determine que existió una relación laboral, con elementos como subordinación, cumplimiento de horario y dependencia frente al empleador.
Finalmente, informó que el Gobierno nacional radicó un proyecto de ley para regular las condiciones laborales del sector agropecuario, luego de que ese tema no quedara incluido en la reforma laboral aprobada por el Congreso.








