La Corte Constitucional consideró ajustada a la Constitución la mayor parte de la reforma pensional, pero devolvió varios artículos a la Cámara para corregir vicios de trámite en un plazo de 30 días hábiles.
La Corte Constitucional dio vía libre a los principales componentes de la reforma pensional y despejó buena parte del camino para que Colombia estrene un nuevo sistema de pensiones a partir del 1° de abril de 2027.
La Sala Plena determinó que la mayoría de la ley se ajusta a la Constitución. Sin embargo, devolvió varios apartados a la Cámara de Representantes para que corrija errores de trámite dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.
Entre los asuntos pendientes están las comisiones de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), aspectos relacionados con la administración del fondo de ahorro a cargo del Banco de la República y las condiciones diferenciales previstas para pueblos indígenas, comunidades negras y campesinas.
También deberá revisarse el beneficio de reducción de 50 semanas de cotización por cada hijo nacido para las mujeres que no alcancen los requisitos para pensionarse.
Mientras se completa este procedimiento, el actual sistema continuará funcionando bajo las reglas de la Ley 100 de 1993.
La principal transformación llegará con el sistema de pilares. Cuando entre en vigencia, los trabajadores cotizarán obligatoriamente en Colpensiones hasta por 2,3 salarios mínimos —$4.027.081 en 2026, según la información suministrada— y los aportes correspondientes a ingresos superiores irán a una ACCAI.
La reforma también contempla un pilar solidario para adultos mayores sin pensión, con una renta básica cercana a $230.000, y un componente semicontributivo para quienes hayan cotizado entre 300 y 1.000 semanas.
Otro mecanismo será la prestación anticipada, dirigida a mujeres de 62 años y hombres de 65 que tengan más de 1.000 semanas cotizadas, bajo un esquema en el que las cotizaciones faltantes continuarían descontándose de la prestación.
La decisión de la Corte resuelve así uno de los principales interrogantes sobre una de las reformas centrales del gobierno de Gustavo Petro, aunque algunos artículos todavía deberán superar nuevamente el trámite en el Congreso y la posterior revisión constitucional.








