La medida cautelar frena de manera cautelar la habilitación excepcional de fines de semana y festivos para adelantar actuaciones administrativas durante las últimas semanas del actual Gobierno.
El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional y urgente de la resolución expedida por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), mediante la cual se declaraban hábiles varios sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 11 de julio y el 2 de agosto de 2026 para desarrollar procesos de contratación y otras actuaciones administrativas.
La decisión fue adoptada por el alto tribunal al considerar procedente una medida cautelar de urgencia dentro del proceso que estudia la legalidad de la resolución expedida por el DAPRE. Con esta determinación, el acto administrativo deja de producir efectos mientras avanza el análisis de fondo sobre su conformidad con el ordenamiento jurídico.
La resolución suspendida autorizaba que los días 11, 12, 18, 19, 20, 25, 26 de julio y el 1 y 2 de agosto de 2026 fueran considerados hábiles para adelantar procesos de contratación estatal y otras actuaciones administrativas. El Gobierno había sustentado la medida en la necesidad de garantizar la continuidad de la gestión administrativa durante el periodo previo al cambio de administración.
La decisión cautelar no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad de la resolución. El proceso continuará con las etapas procesales correspondientes, durante las cuales el DAPRE podrá presentar sus argumentos y ejercer su derecho de defensa antes de que el alto tribunal profiera una sentencia.
El caso se suma a otros procesos judiciales en los que la jurisdicción contencioso-administrativa ha revisado decisiones del Ejecutivo relacionadas con la administración de recursos públicos y el desarrollo de actuaciones administrativas, en aplicación de los mecanismos de control previstos por la Constitución y la ley.








