El voto en blanco en la segunda vuelta presidencial no tiene efectos jurídicos en la elección del ganador y se mantiene como una expresión estadística y de inconformidad ciudadana.
Durante una entrevista en El Tren de la Mañana, la abogada y especialista en Derecho Público, María Fernanda Mayorca Giraldo, explicó el alcance del voto en blanco en la segunda vuelta presidencial en Colombia y aclaró las principales dudas sobre su impacto dentro del proceso electoral.
La jurista precisó que, en esta etapa de la elección presidencial, el voto en blanco no modifica el resultado ni genera la posibilidad de repetir la jornada electoral, debido a que la decisión final se define únicamente entre los dos candidatos que llegan a esta instancia.
“En segunda vuelta simplemente el ganador será el candidato que obtenga la mayor votación. El voto en blanco no tiene ninguna connotación jurídica, realmente no opera como en otro tipo de elección. Es más para efectos estadísticos y de análisis del comportamiento electoral”, explicó durante la entrevista.
Mayorca Giraldo agregó que esta figura electoral suele interpretarse como una manifestación de inconformidad, desacuerdo o falta de identificación del ciudadano con las dos opciones presidenciales disponibles, pero aclaró que dicha expresión no incide en la definición del resultado final.
En ese sentido, indicó que el voto en blanco puede entenderse como una forma de participación activa del elector, quien acude a las urnas pero no respalda a ninguno de los candidatos en competencia, dejando un registro que se contabiliza de manera independiente dentro del escrutinio.
La especialista también explicó que el alcance del voto en blanco en Colombia cambia dependiendo de la fase del proceso electoral. Mientras en la primera vuelta puede tener efectos si alcanza la mayoría de los votos válidos, en la segunda su función se limita únicamente a la contabilización estadística.
En este escenario, el resultado de la elección presidencial se define exclusivamente entre los dos candidatos que avanzan a esta etapa, sin que el voto en blanco tenga incidencia en la adjudicación del cargo.
De esta forma, el mecanismo se mantiene como una expresión ciudadana de inconformidad, pero sin efectos jurídicos sobre el desenlace de la contienda presidencial.








