El calendario tributario definido por la DIAN para 2026 concentra los principales vencimientos fiscales entre febrero de ese año y enero de 2027, abarcando obligaciones para personas naturales, jurídicas, grandes contribuyentes y regímenes especiales, con plazos diferenciados según el impuesto y el último dígito del NIT.
Uno de los ejes del cronograma es el Impuesto sobre la Renta y Complementarios. Los grandes contribuyentes deberán cumplir con este tributo en tres cuotas: la primera entre el 10 y el 23 de febrero de 2026; la segunda, junto con la presentación de la declaración, entre el 13 y el 24 de abril; y la tercera entre el 10 y el 24 de junio.
Por su parte, las personas jurídicas no calificadas como grandes contribuyentes presentarán la declaración y pagarán la primera cuota entre el 12 y el 26 de mayo, y la segunda entre el 9 y el 23 de julio de 2026. Para las personas naturales y sucesiones ilíquidas, el plazo para declarar y pagar el impuesto de renta correspondiente al año gravable 2025 se extenderá desde el 12 de agosto hasta el 26 de octubre de 2026, periodo que también aplicará para los contribuyentes residentes en el exterior.
El calendario también establece fechas clave para el Impuesto sobre las Ventas (IVA). Los responsables con ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT, equivalentes a $4.581.508.000, deberán declarar y pagar de manera bimestral, con vencimientos entre el 10 y el 24 de marzo; 12 y 26 de mayo; 9 y 23 de julio; 9 y 22 de septiembre; y 11 y 25 de noviembre de 2026, además del periodo noviembre–diciembre que vencerá entre el 13 y el 26 de enero de 2027.
Quienes registren ingresos inferiores a ese umbral cumplirán con una periodicidad cuatrimestral. En el caso de la retención en la fuente, la obligación será mensual y deberá cumplirse entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de cada mes. El Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM tendrá vencimientos mensuales hasta el décimo día hábil, iniciando el 13 de febrero de 2026 y finalizando el 18 de enero de 2027.
Otros tributos incluidos en el cronograma son el Impuesto al Patrimonio, aplicable a contribuyentes con un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT ($3.770.928.000), que se pagará en dos cuotas: la primera entre el 12 y el 26 de mayo y la segunda con fecha límite el 14 de septiembre de 2026; así como el Impuesto al Carbono y los gravámenes a bebidas azucaradas, alimentos ultraprocesados y plásticos de un solo uso, cuyos vencimientos serán bimestrales a lo largo del año.
Finalmente, el calendario incorpora obligaciones formales como la actualización del Régimen Tributario Especial, la presentación de la declaración de activos en el exterior y el cumplimiento de los deberes asociados al régimen de precios de transferencia, además de fijar la Unidad de Valor Tributario (UVT) de 2026 en $52.374, referencia clave para el cálculo de impuestos, topes y sanciones.








