La procuradora Margarita Cabello, le pidió a la Corte Constitucional declarar inexequible la normatividad sobre el matrimonio celebrado con menores de 18 años, al considerarlo una forma de unión forzada e incompatible con lo establecido en la ‘Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer’.A través de un oficio, Cabello solicitó al Tribunal que las uniones que involucran a menores de 18 años sean declaradas en contra de la Constitución, teniendo en cuenta que la manifestación de un niño, niña o adolescente sobre ese tipo de vínculos no puede ser considerado como “un consentimiento pleno, libre e informado”.La jefa del Ministerio Público explicó que, para la entidad, la normatividad internacional debe prevalecer sobre la legislación interna, con el fin de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes.No existe alguna disposición la Constitución que dé autorización a los menores de edad para contraer matrimonio y, por esta razón, “la fuente del derecho de mayor rango que ordena la materia es el referido tratado internacional, cuya aplicación optimiza los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como las prerrogativas de las mujeres”, puntualizó la procuradora general.En Colombia, según el artículo 117, Código Civil, “los menores de la edad expresada (18 años) no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres legítimos o naturales”, sin embargo, en caso de que haya discordia entre las partes, prevalecerá la voluntad del padre.
Por: Leonardo Ramos