En las próximas elecciones legislativas, los colombianos votarán por Senado y Cámara bajo dos modalidades: lista cerrada o lista abierta. Así se vota en cualquiera de esas posibilidades.
En Colombia, el sistema electoral está regulado por la Constitución Política de Colombia, así como por la Ley 1475 de 2011 sobre organización y funcionamiento de los partidos; las cuales establecen que las colectividades pueden inscribir candidatos de manera cerrada o con voto preferente, conocidas como listas abiertas, tanto para Senado como para Cámara de Representantes.
¿Cuál es la diferencia?
En la lista cerrada, el partido presenta una lista ordenada de candidatos y el elector vota únicamente por el logo o nombre del partido. Las curules se asignan según el orden previamente definido por la colectividad. El ciudadano no elige a una persona específica, sino a la lista completa.
En la lista abierta o con voto preferente, el votante puede marcar el partido y, además, el número del candidato de su preferencia dentro de esa lista. Las curules se asignan a quienes obtengan más votos individuales.
Ambas modalidades se aplican bajo el sistema de cifra repartidora, mecanismo que distribuye las curules según el total de votos obtenidos por cada lista.
Beneficios para partidos y candidatos
Para los partidos, la lista cerrada fortalece la disciplina interna y permite consolidar una propuesta colectiva. Reduce la competencia interna y concentra la campaña en la marca partidista.
En cambio, la lista abierta favorece la visibilidad individual. Permite que candidatos con liderazgo propio sumen votos significativos, aunque genera competencia interna dentro del mismo partido.
Para el candidato, la lista cerrada implica depender del lugar asignado en el orden interno. En la abierta, su elección depende directamente de la votación personal que alcance.
El artículo 263 de la Constitución señala que la asignación de curules se hará mediante el sistema de cifra repartidora. La Ley 1475 de 2011 autoriza a los partidos a optar por el voto preferente o por listas cerradas, decisión que debe adoptarse antes de la inscripción ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Además, la normativa establece umbrales mínimos para acceder a la distribución de escaños, especialmente en el Senado de la República, que tiene circunscripción nacional.
¿Por qué es clave para el votante?
Conocer la diferencia evita errores al momento de marcar el tarjetón. En lista cerrada, marcar un número invalida el voto. En lista abierta, omitir el número cuando se quiere apoyar a un candidato específico puede entorpecer la intención del elector.
Entre los errores más frecuentes están: marcar dos candidatos en una misma lista abierta, votar por el número sin marcar el partido o confundir el voto preferente con voto obligatorio al candidato.
Entender la modalidad también permite decidir si se respalda un proyecto colectivo o una figura individual.
¿Qué partidos usarán cada opción?
Históricamente, colectividades como el Pacto Histórico han optado por lista cerrada en el Senado. Otros partidos tradicionales como el Partido Liberal Colombiano, el Partido Conservador Colombiano y el Centro Democrático han utilizado lista abierta en distintas elecciones. La definición oficial para cada proceso se formaliza al momento de la inscripción de listas.
Las autoridades electorales insisten en que el ciudadano revise previamente el tarjetón y confirme si la lista es cerrada o abierta, información que aparece señalada en cada formulario de votación.
En un escenario donde se eligen 108 senadores y 188 representantes a la Cámara, la modalidad de lista puede definir quién ocupa cada curul. La decisión comienza en el tarjetón, pero el resultado se refleja en la composición del Congreso y en la representación política del país.








