Lasentencia del Tribunal Superior de Bogotá que llevó el caso de una mascota a un Juzgado de familiaen Bogotá genera más dudas que respuestas, aseguró el abogado Jimmy Jiménez en entrevista con El Dorado Radio.El caso estudiado se refiere a una pareja y una perrita llamada Simona, que al separarse desató un conflicto debido a la petición del hombre de ver a la mascota, pero su contraparte decidió no permitírselo argumentando que el animalito se deprimía tras perder contacto con él al punto de dejar de comer durante días.La decisión abrió en el país, nuevamente, el debate sobre la consideración de las mascotas como objetos,a la luz del Código Civil y no como seres sintientes, tal como lo determina la Ley 1774 de 2016.“Tenemos una normatividad de nuestro Código Civil que establece que nuestros animales en casa son unos bienes, un objeto. Los animales hoy en Colombia tienen el trato, desde la ley, de un objeto. Yo tengo un objeto más en casa y pues cuando le decimos a una persona que siente que su animal de compañía su mascota es un miembro de su familia, pues decirle que es un objeto y que la ley le va a dar el trato de un bien, pues es casi que irrespetuoso. Es un tema que no es sencillo”, indicó el abogado Jiménez.Según el experto en derecho de familia, la polémica llega al punto de permitirse el embargo de mascotas como si fuese un bien más y hace falta que desde el Congreso de la República se legisle en ese sentido. No obstante, aseguró, hay muchas aristas que deben considerarse, como por ejemplo la posibilidad de que una persona sea demandada por alimentos para una mascota una vez se termine la relación,la posibilidad de que una especie no humana pueda recibir herencia y que la agresión contra un animal pueda considerarse violencia intrafamiliar.“Esta decisión del Tribunal Superior de Bogotá abre realmente más preguntas que respuestas. ¿Ese ciudadano deberá compartir los gastos de la mascota? ¿Eso implica una cuota de alimentos para la mascota? Podríamos llegar a pensar en situaciones extremas como por ejemplo si habrá sucesión o herencia para una mascota. Lo otro, ¿si yo maltrato al animal entonces estoy cometiendo violencia intrafamiliar?”, indicó el jurista.Jiménez aseguró que falta mucho camino jurídico por recorrer en el país en la materia y que pese a que el fallo del Tribunal Superior de Bogotá puede considerarse solo interpartes, es decir que solo aplica para el caso, podría darse la posibilidad de que la regla empiece a aplicar en todo el país en situaciones similares.“Si a otro juez de familia le llega una situación como esta, muy seguramente el abogado va a invocarle a un juez de familia que no puede negarse a conocer el asunto porque ya hubo un pronunciamiento de un superior, que es el Tribunal Superior de Bogotá”, sostuvo.
Por: Edgar Julio Montenegro y Juan Manuel Gómez Posada