Un juez ordenó al Consejo Superior Universitario volver a posesionar a José Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional, en un plazo no mayor a 48 horas, tras considerar que se vulneraron garantías en el proceso que dejó sin efectos su designación inicial.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Administrativo del Circuito de Bogotá, que resolvió una acción interpuesta por Peña contra las actuaciones del Consejo Superior Universitario.
El despacho concluyó que en el trámite que derivó en su salida no se cumplieron principios de debido proceso y estabilidad en el cargo, por lo que ordenó su inmediata restitución mientras se define el litigio.
La orden judicial establece que la posesión deberá realizarse en los términos fijados por el estatuto general de la Universidad Nacional y dentro del plazo señalado por el juzgado. El Consejo Superior deberá acatar la medida y comunicar oficialmente al juez su cumplimiento.
Fundamentos de la decisión
En el auto, el juzgado señala que la actuación administrativa que modificó la designación del rector “desconoció garantías mínimas del procedimiento”, lo que amerita restablecer la situación jurídica anterior mientras avanza el proceso principal.
La defensa de Peña sostuvo que se afectó su derecho al debido proceso y a la estabilidad institucional. Por su parte, el Consejo Superior ha manifestado que actuó conforme a sus competencias legales y estatutarias.
Repercusiones en la comunidad universitaria y el ámbito judicial
La medida genera efectos inmediatos en la dirección académica y administrativa de la Universidad Nacional. La restitución implica reorganizar decisiones adoptadas durante el periodo de interinidad y redefinir líneas de gestión en curso.
Para estudiantes, docentes y trabajadores, el fallo representa un punto de inflexión en la discusión sobre autonomía universitaria y control judicial. Mientras algunos sectores han pedido estabilidad institucional, otros han solicitado claridad sobre el alcance de las competencias del Consejo Superior.
En términos jurídicos, la decisión refuerza el control que ejerce la jurisdicción contencioso administrativa sobre actos de los órganos de gobierno universitario, incluso en el marco de la autonomía consagrada en la Constitución.
Expertos en derecho administrativo señalan que el caso podría convertirse en referencia sobre los límites de las facultades de los consejos superiores en universidades públicas y sobre la obligación de garantizar el debido proceso en designaciones y remociones de directivos.
El proceso continúa en etapa judicial, mientras se cumple la orden de posesión y se define de manera definitiva la situación del rectorado.








