En Colombia, los resultados oficiales de una elección sólo se conocen cuando finaliza el escrutinio, proceso que comienza tras el cierre de urnas. El preconteo divulgado el día de la votación es informativo y no tiene validez jurídica.
Los resultados con validez legal se determinan únicamente al concluir el escrutinio, procedimiento que está a cargo de las comisiones escrutadoras y del Consejo Nacional Electoral. Hasta ese momento, ninguna cifra tiene carácter definitivo.
El escrutinio inicia el mismo día de la votación, una vez se cierran las urnas. Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares realizan el conteo con base en las actas de escrutinio de mesa entregadas por los claveros en el lugar previamente señalado por la Registraduría correspondiente.
La jornada se extiende hasta las 12:00 de la noche. Si no es posible terminar en ese horario, la audiencia continúa al día siguiente desde las 9:00 a. m. hasta las 9:00 p. m., y así sucesivamente hasta finalizar el proceso.
El escrutinio es la función pública mediante la cual se verifican y consolidan los votos obtenidos por cada candidato y lista. En esta etapa se revisan actas, se resuelven reclamaciones y se oficializan los resultados.
Diferencia entre preconteo y escrutinio
El preconteo es el conteo rápido que realizan los jurados de votación en cada mesa al finalizar la jornada. Sus resultados se transmiten y se publican el mismo domingo en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil y en los medios de comunicación.
Ese reporte tiene carácter informativo. Permite conocer una tendencia preliminar, pero no define legalmente a los elegidos.
En cambio, el escrutinio es el proceso oficial. Solo cuando concluye esta etapa se consolidan y se certifican los resultados definitivos de la elección.








