Una corte federal de apelaciones de Estados Unidos determinó, el 2 de septiembre, que Donald Trump no puede aplicar la ley de 1798 para deportar migrantes en Texas, Luisiana y Misisipi, por falta de pruebas de una incursión hostil.
El Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos resolvió por mayoría de dos a uno bloquear el uso de la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 en los procesos de deportación promovidos por el presidente Donald Trump. La decisión fue emitida el martes 2 de septiembre en Nueva Orleans y restringe la aplicación de la norma en Texas, Luisiana y Misisipi.
La jueza Leslie Southwick, respaldada por la magistrada Irma Carrillo Ramírez, sostuvo que no existen pruebas suficientes que acrediten una invasión o una incursión hostil en el territorio estadounidense. El fallo incluye una orden preliminar que suspende las expulsiones de migrantes bajo este marco jurídico. El juez Andrew Oldham disintió al considerar que la valoración de amenazas corresponde al Ejecutivo y no a los tribunales.
Trump había invocado la ley en marzo de 2025 y trasladó a presuntos integrantes de la banda venezolana Tren de Aragua a una prisión de máxima seguridad en El Salvador. Esta norma fue utilizada por última vez durante la Segunda Guerra Mundial para detener a ciudadanos japoneses y estadounidenses, lo que ha generado cuestionamientos de académicos y organizaciones de derechos humanos.
El fallo se suma a otras derrotas legales recientes del presidente, como la suspensión de su decisión de eliminar el estatus de protección temporal TPS a más de 600.000 venezolanos. Además, ocurre en medio de una política migratoria caracterizada por deportaciones rápidas, despliegue de tropas en la frontera con México y la designación de pandillas como el Tren de Aragua y la MS-13 como organizaciones terroristas.