La Sala Especial de Seguimiento a la T‑302 de la Corte Constitucional, en reciente boletín, declaró un incumplimiento generalizado en las órdenes sobre el derecho al agua de la niñez Wayúu en La Guajira.
En su pronunciamiento, la Corte constató que “hay insuficiencia en las medidas para garantizar el servicio al agua en los municipios priorizados de la región”. Esto, a pesar de las disposiciones emitidas tras la declaratoria del estado de cosas inconstitucional en 2017, que exigían soluciones efectivas y estructurales frente a la crisis hídrica en los territorios Wayúu.
La Sala Especial subrayó la gravedad del incumplimiento, señalando que, tras más de ocho años desde la sentencia T-302 —un fallo que declaró la vulneración masiva de derechos fundamentales de niñas y niños Wayúu—, persisten falencias significativas. Aunque algunas entidades han reportado avances parciales, la Corte indicó que no han sido suficientes ni coordinados respecto a los estándares mínimos exigidos, especialmente en lo relacionado con el acceso a agua potable.
El pronunciamiento recuerda a las autoridades locales y nacionales las órdenes emitidas en autos posteriores —como los de 2022 y 2023—, que establecían plazos concretos para diseñar y ejecutar planes de acción integrales. Sin embargo, la Corte advirtió que dichos planes han sido calificados como “insuficientes e inefectivos”.
La Corte solicitó a las entidades responsables como el Ministerio del Interior, el ICBF y las empresas de servicios públicosmacelerar sus esfuerzos y presentar informes con indicadores cuantificables sobre cobertura, calidad y sostenibilidad del agua. Asimismo, se anticipa una nueva inspección judicial para evaluar la efectividad de las acciones implementadas.