El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos del decreto que fijó la subida del salario mínimo para 2026 y ordenó al Gobierno expedir un nuevo acto administrativo transitorio conforme a criterios legales y constitucionales.
El alto tribunal suspendió de manera provisional el Decreto 1469 de 29 de diciembre de 2025, que establecía un aumento del salario mínimo del 23,7 % para 2026, y le dio al Gobierno un plazo de ocho días para expedir un nuevo decreto transitorio, mientras estudia de fondo la demanda que cuestiona la legalidad del acto.
El Consejo de Estado adoptó este miércoles 13 de febrero de 2026 la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del decreto que fijó el salario mínimo para el año en curso, regulado por el Decreto 1469 de diciembre de 2025. Esta decisión se tomó en el marco de un proceso judicial de nulidad que fue admitido tras cuestionamientos de diversos sectores sobre la forma y los criterios usados para fijar el incremento.
La suspensión provisional implica que temporalmente queda sin efectos jurídicos el aumento del 23,7 % fijado para 2026, que había elevado el salario mínimo a $1.750.905 pesos colombianos (más auxilio de transporte), hasta tanto el tribunal se pronuncie de fondo sobre la legalidad del decreto.
Según la decisión del alto tribunal, el Gobierno Nacional debe expedir y publicar, en el término de ocho días calendario siguientes a la notificación de la providencia, un nuevo decreto transitorio que determine el porcentaje de aumento y el valor total del salario mínimo para 2026, aplicando integralmente los criterios legales y constitucionales vigentes.
Entre las directrices que el tribunal exige para el nuevo decreto están la inclusión de una fundamentación metodológica, económica y constitucional verificable, con base en variables como inflación, productividad, crecimiento del PIB y otros criterios legales que deben ser considerados para fijar el salario mínimo y su auxilio de transporte.
La medida cautelar es de carácter provisional y no constituye un pronunciamiento de fondo sobre la legalidad o ilegalidad del decreto original. El proceso continuará su trámite ante la Sección Tercera del Consejo de Estado, que deberá emitir una sentencia definitiva una vez se analicen los argumentos de las partes involucradas.
En tanto se expide el nuevo decreto transitorio, las obligaciones y derechos que ya se calcularon o pagaron con base en el salario mínimo de 2026 no se verán afectadas retroactivamente, según precisaron fuentes judiciales.
El Gobierno Nacional, por su parte, se encuentra revisando los lineamientos técnicos para cumplir con el requerimiento del alto tribunal dentro del plazo otorgado y adelantará consultas con ministros competentes antes de expedir la nueva norma.








