El nuevo acto administrativo reemplaza de manera provisional el decreto suspendido y conserva el incremento definido para 2026. El Ejecutivo argumenta que la cifra no presenta reparos jurídicos ni impactos fiscales que obliguen a modificarla.
El Gobierno Nacional expidió un decreto transitorio este 20 de febrero en Bogotá para ajustar la forma jurídica del aumento salarial tras la suspensión provisional del acto anterior, garantizando continuidad normativa y estabilidad en la remuneración de trabajadores formales.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que la decisión responde exclusivamente a la necesidad de cumplir con la orden provisional emitida por el Consejo de Estado, sin alterar el porcentaje acordado. Según indicó, el incremento del 23,7 % se mantiene porque, en su concepto, no existen fundamentos técnicos ni legales que obliguen a reducirlo.
Con el ajuste, el salario mínimo mensual para 2026 continúa en $1.750.905, cifra que asciende a $2.000.000 al incluir el auxilio de transporte de $249.095. El decreto transitorio reemplaza el anterior mientras avanza el estudio de fondo de la demanda que motivó la suspensión.
El jefe de la cartera laboral sostuvo que el Ejecutivo actuó para evitar vacíos normativos que pudieran generar incertidumbre en empleadores y trabajadores. “No había razones jurídicas ni económicas para disminuir el monto fijado”, señaló el ministro en declaración pública.
El incremento fue establecido inicialmente por decreto presidencial luego de que no se lograra consenso pleno en la mesa de concertación salarial. El presidente Gustavo Petro defendió la medida al considerarla necesaria para proteger el poder adquisitivo frente a la inflación acumulada.
La suspensión provisional del decreto original no implicó la anulación del aumento, sino la necesidad de expedir un nuevo acto administrativo que subsane observaciones de forma, mientras el alto tribunal define de fondo la legalidad del procedimiento.
El Ministerio del Trabajo reiteró que la aplicación del salario mínimo vigente no se interrumpe y que el pago debe mantenerse conforme a la cifra establecida para 2026, en tanto se resuelve el proceso judicial.








