El 19 de agosto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá revocó la detención domiciliaria de Álvaro Uribe Vélez, mientras su apelación por los cargos de soborno y fraude procesal sigue en trámite, garantizando así su derecho fundamental a la libertad.
En una decisión relevante, el Tribunal Superior de Bogotá anuló la orden de arresto domiciliario impuesta al expresidente Álvaro Uribe tras su condena de 12 años por soborno en actuación penal y fraude procesal, dictada en primera instancia el 1° de agosto. La medida judicial persiste mientras se resuelve el recurso de apelación, en un proceso que continúa sin afectar el fondo del fallo.
La decisión fue adoptada luego de una acción de tutela presentada por la defensa de Uribe, liderada por el penalista Jaime Granados, que argumentó que la detención infringía su derecho a la presunción de inocencia y a un debido proceso. El tribunal concluyó que la imposición inmediata de la detención se basó en fundamentos insuficientes y vagos.
Desde el entorno del expresidente, se calificó el fallo como una victoria en la defensa de los derechos civiles. Un portavoz del partido Centro Democrático afirmó que la resolución “reafirma que Uribe tiene derecho a defenderse en libertad y a que su fallo sea discutido con todas las garantías”. Por su parte, sectores críticos del fallo expresaron cautela: la sentencia fue vista como un fallo técnico que no modifica en lo sustancial el proceso penal, y recordaron que la investigación por manipulación de testigos sigue su curso.
En medio de un contexto político convulsionado, la libertad de Uribe, aunque parcial, da un giro significativo en la situación jurídica del exmandatario mientras espera la definición de la segunda instancia, prevista para antes de mediados de octubre según estimaciones de fuentes judiciales.