La tutela se fundamenta en la presunta vulneración de derechos fundamentales, entre ellos la libertad personal y la imparcialidad de la juez.
La acción se presenta luego de que, el pasado 28 de julio de 2025, la jueza 44 penal del circuito de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, emitiera un fallo de primera instancia en el que declaró al expresidente Álvaro Uribe Vélez culpable de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
La jueza impuso una pena de 12 años de prisión en modalidad de detención domiciliaria, tras considerar que Uribe instruyó a su abogado contactar al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve con el fin de modificar su testimonio. Esta decisión convirtió a Uribe en el primer expresidente colombiano condenado por hechos ocurridos tras su salida del cargo.
Por su parte el equipo jurídico del expresidente Álvaro Uribe Vélez radicó, ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, la acción de tutela, con el propósito de solicitar la revocatoria del fallo proferido por la jueza Sandra Liliana Heredia.
Según el escrito, la defensa argumenta que, durante el juicio, se configuraron irregularidades procesales y se incurrió en comentarios por parte de la jueza que, a juicio del equipo legal, comprometería la imparcialidad del fallo. Uno de los apartes cuestionados se refiere a una expresión emitida durante la audiencia, en la que se habría hecho alusión a la “falta de gallardía” de los hijos del exmandatario por no acompañarlo en el juicio, hecho que la defensa interpreta como una afrenta a la dignidad del procesado.
La tutela, presentada como mecanismo de protección inmediata, busca dejar sin efecto la condena de 12 años de prisión domiciliaria impuesta al exjefe de Estado, tras ser hallado culpable por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Aunque el proceso judicial ha seguido su curso dentro de los plazos establecidos, esta nueva acción añade un capítulo adicional a uno de los casos más controvertidos en la historia política y judicial reciente del país.
Hasta el momento, no se ha producido un pronunciamiento de fondo por parte del tribunal competente sobre la admisión o no del recurso interpuesto. Sin embargo, la decisión podría abrir un nuevo escenario jurídico, mientras continúa el plazo ordinario para presentar apelación dentro del proceso penal.